¿Para qué puedo usar mis cesantías? Acá les contamos que usos puede darle a sus Cesantías.
Las cesantías son un ahorro para el trabajador, en caso de perder su empleo. Sin embargo, este ahorro también puede ser usado para vivienda y educación, así mismo, estos recursos educativos, no solo aplican para el afiliado, sino para los beneficiarios del mismo.
Sino sabe en qué usar sus cesantías, aquí le explicamos como puede sacar el mejor provecho de ellas:
Cesantías para educación
Las cesantías, ahora no sólo son un apoyo cuando el empleado se queda sin empleo, también pueden destinar este ahorro programado para cubrir programas educativos a mediano o largo plazo, para el grupo familiar.
Según el Decreto 1562 de 2019, estos recursos se pueden destinar para la educación de la familia:
“Que el artículo 4° de la Ley 1064 de.2006, dispone que procede el retiro parcial de cesantías para el pago de matrículas en instituciones y programas técnicos conducentes a certificados de aptitud ocupacional, debidamente acreditados, que impartan educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano del empleado, trabajador, su cónyuge, compañera o compañero permanente o sus descendientes, conforme a los procedimientos establecidos en la ley.”
Puede retirar las cesantías para pagos de pregrados, posgrados y educación que fortalezca los conocimientos para el desarrollo y crecimiento profesional. Las cesantías con fines educativos, se pueden usar para:
- Pago de matrículas de educación superior, posgrado y educación continua.
- Matrículas de educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, que hagan parte de instituciones acreditadas por la Secretaría de Educación o Ministerio de Educación.
- Pago de créditos ICETEX.
- Diplomados y cursos acreditados por el estado colombiano.
Requisitos para retirar cesantías para Educación:
Estos requisitos varían según el fondo de cesantías al cual esté afiliado. Sin embargo, los requisitos más comunes son:
- Recibo de pago de la matrícula sin cancelar, donde se evidencie el programa a cursar, nombre del estudiante y valor a cancelar
- Para pagos de créditos con el ICETEX, se requiere: estado de cuenta del ICETEX o movimiento de cuenta donde se muestre el nombre del estudiante, institución educativa y valor a pagar.
Si el retiro de las cesantías es para un integrante del grupo familiar, debe adjuntar los siguientes documentos:
- Cónyuge: copia del registro civil de matrimonio
- Compañero permanente: declaración extra juicio, donde se especifique el tiempo de convivencia, el cual debe ser igual o mayor a 24 meses
- Hijo: registro civil de nacimiento
Cesantías para Vivienda
En este caso, el empleado puede retirar sus cesantías para la compra de vivienda o mejoramiento de la misma.
Según el Artículo 2.2.1.3.3. del Decreto 1072 de 2015, declara que se pueden retirar las cesantías para vivienda o hacer prestamos sobre las cesantías para:
- Adquisición de vivienda con su terreno o lote.
- Adquisición de terreno o lote solamente.
- Construcción de vivienda, cuando ella se haga sobre lote o terreno de propiedad del trabajador interesado, o de su cónyuge.
- Ampliación, reparación o mejora de la vivienda de propiedad del trabajador o de su cónyuge.
- Liberación de gravámenes hipotecarios o pago de impuestos que afecten realmente la casa o el terreno edificable de propiedad del trabajador, o su cónyuge.
- Adquisición de títulos de vivienda sobre planes de los empleados o de los trabajadores para construcción de las mismas, contratados con entidades oficiales, o privadas.
Requisitos para retirar cesantías para vivienda
Esto varía según el fondo de cesantías al cual se encuentre afiliado. Sin embargo, para que el fondo le permita el retiro de cesantías, generalmente requiere lo siguiente:
- Carta original de la empresa, donde se autoriza el retiro de las cesantías y en la que se informe que el retiro se hará para la compra o mejora de vivienda, liberación de predial, impuesto predial o pago de créditos hipotecarios.
- En la carta se debe evidenciar, nombre, identificación del afiliado y empleador.
Hay que tener en cuenta, que el fondo no desembolsará las cesantías, hasta que el empleador certifique el valor a retirar y el uso que se le dará a estos recursos, según los fines que permite la ley.
Retiro de Cesantías por disminución de Ingresos
Debido a la emergencia sanitaria ocasionada por el CORONAVIRUS (COVID-19), el Gobierno Nacional, expidió el Decreto 488 del 27 de marzo de 2020, donde se declara que las personas que presenten una disminución de sus ingresos, aun estando laborando, pueden hacer retiros parciales de sus cesantías, teniendo en cuenta lo siguiente:
“Hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica, el trabajador que haya presentado una disminución de su ingreso mensual, certificada por su empleador, podrá retirar cada mes de su cuenta de cesantías el monto que le permita compensar dicha reducción, con el fin de mantener su ingreso constante. Esta disposición aplica únicamente para retiros de los fondos administrados por Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías de carácter privado.
La Superintendencia Financiera impartirá instrucciones inmediatas a las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías de carácter privado, para que la solicitud, aprobación y pago las cesantías los trabajadores se por medios virtuales, en razón a la emergencia declarada.”
Es importante destacar que la emergencia sanitaria, fue declarada hasta el 28 de febrero de 2021, por tal razón este sería el plazo máximo para hacer el retiro de cesantías por disminución de ingresos.
Requisitos para el retiro de cesantías por disminución de ingresos
Para retirar las cesantías por disminución de ingresos, se debe presentar un certificado del empleador, que contenga lo siguiente:
- Nombre o razón social del empleador con el tipo y número de documento
- Nombre y apellidos del trabajador con el nombre y tipo de documento
¿Cómo solicitar el retiro de las Cesantías?
Ahora que sabe, para qué puede usar las cesantías, seguramente desea saber como solicitar el retiro de cesantías. Primero verifique con su empleador el fondo de cesantías al cual se encuentre afiliado, y luego envié a su fondo, la documentación solicitada según el tipo de retiro que desea realizar.
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